¿Asunto de niños o de adultos?
“La cola más importante en materia de adopción, no es la de los adultos que esperamos por UN hijo, sino aquella otra, la de los niños y niñas que esperan por SU familia”
Los adultos tenemos recursos psicológicos suficientes para tolerar mejor las frustraciones. Somos capaces de postergar la satisfacción de nuestras necesidades, de resolver dificultades personales como la de nuestra propia infertilidad como individuos, como parejas. Podemos buscar alternativas, solicitar apoyo especializado, movilizar y alinear recursos a favor de nuestros intereses, proyectos o deseos.
Pero los niños y niñas que esperan por una familia, ellos en realidad no esperan. A ellos les pasa el tiempo, que es algo muy distinto. El tiempo de un niño es por demás, un recurso limitado e infinitamente valioso, es un tiempo único y vital para su desarrollo, para su constitución como personas, como ciudadanos. En la espera de los niños y niñas, se pierden enormes oportunidades de vida. Sin embargo, indefectiblemente deben adaptarse, con toda la capacidad de adaptación de la que dispone un ser humano, a vivir como normal y continuada su propia tragedia; la de su injusta realidad, la de no tener familia. Y deben adaptarse a eso, porque sencillamente no están en capacidad de esperar o de extrañar, algo que no conocen. Ellos, en busca de seguridad, de certidumbre, asumen que el mundo que conocen y en el que se desenvuelven, es naturalmente el que les toca asumir como suyo. Viven sí, el vacío, la sensación de andar incompletos, el dolor de una ausencia no identificada, de una pérdida que deja su impronta. Eso que vivencian, eso es exactamente lo que termina por ser su identidad, por ser su Yo.
Se trata entonces, de la vivencia de un adulto en busca de hijos, versus la peculiar vivencia de un niño en situación de desamparo. Pero si analizamos, cómo se construye social y culturalmente la adopción como institución, podremos constatar que el interés preeminente y dominante, resulta ser siempre el interés del adulto, en abierta supremacía por sobre el reconocido Interés Superior del Niño. Circunstancia que se da en medio de un “liberalismo salvaje”, a través de la “mano invisible” del un “mercado” que hace que, los niños y niñas, aún teniendo jurídicamente reconocido y consagrado el DERECHO A SU FAMILIA, vean subordinado tan precioso derecho, a los intereses de aquellos adultos que necesitan “tener” sus hijos. De allí que se presente el falso problema, de que no haya niños para adopción, cuando en realidad, lo que sucede es que no disponemos, ni tampoco procuramos los padres y las madres adecuados, para quienes hoy día esperan por SU familia.
El derecho a familia, de esos niños y niñas reales, increpa a toda una sociedad para que, con sentido de equidad, garanticemos y restablezcamos prioritariamente ése derecho fundamental para los más vulnerables. Los adultos estamos a cargo, por ende, tenemos más responsabilidad.
José Gregorio Fernández
¿Tiempo, para quién?
El proyecto recientemente aprobado por unanimidad por la Cámara Baja chilena, modifica la ley que rige las adopciones, pues reduce el plazo de abandono para que un niño o niña sea declarado judicialmente susceptible de ser entregado a otra familia.
Chilenos y chilenas, con esta Ley, hoy se distinguen y manifiestan su sensibilidad por el derecho a familia de toda persona, en su primera infancia. Chile -nos atrevemos a decir- es el único país de América Latina y de los pocos del mundo, que está valorando y atendiendo decididamente y sin concesiones, el terrible impacto de la falta de afecto en los bebés. Nuestros hermanos chilenos, tienen la claridad, de que Chile, no se construye sin el amor indispensable que merecen sus chilenitos y sus chilenitas.
Porque los niños, no hacen ABSOLUTAMENTE NADA, con los argumentos y excusas de adultos, si igual nos eximimos de nuestra responsabilidad parental. Vivir sin apego, sin seguridad, sin afecto, está patéticamente demostrado hasta el cansancio, que produce daños profundos e irreversibles, especialmente en los más pequeñitos, pudiendo incluso conducir a la muerte.
El congreso chileno tan sólo profundizó la política pública ya existente, al reducir de cuatro a dos meses, el tiempo para declarar con lugar la adoptabilidad de un niño.La política está enmarcada en el Sistema de Proteción Integral Chile Crece Contigo. Es decir: profundizar el rol del Estado como acompañante responsable del proceso de crecimiento del niño y de la niña chilenos, así como privilegiar la indiscutible relación causal, que existe entre el bienestar de cada uno de los niños y niñas del Chile y el desarrollo sostenible de la nación chilena..
Esta política contrasta para nosotros, desde PROADOPCION, con la realidad que observamos desde el “Proyecto Familia para Todos”, cuando en alguna casa hogar, pública o privada, religiosa o laica, nos encontramos con posiciones que evidencian una distorsión de la Protección Integral Residencial. Uno pregunta, a sus responsables, qué medida o qué alternativa familiar corresponde a un niño o una niña en concreto. Y la persona, muchas veces responde: -El (o ella) no, él no lo podemos ayudar, porque él tiene familia. -¿Entonces, si tiene familia, que ca...rrizo hace en esta casa-hogar? ¿Acaso, tener familia, es una razón para condenarle a la institucionalización y privarlo de su derecho a vivir y crecer en familia?
José Gregorio Fernández
En noviembre del año 2005, asistimos al II Congreso Mundial de Infancia y Adolescencia en la ciudad de Lima, Perú. La peculiaridad del congreso, fue que centenares de niños, niñas y adolescentes, provenientes de muchos países, desarrollaron autónomamente una agenda de trabajo y produjeron sus propias conclusiones y recomendaciones. Mientras, la “gente grande”, escuchamos nuestras ponencias magistrales, desde nuestros respetuosos egos, sin dialogar, ni concluir.
La mejor lección ocurrió, al integrar necesariamente los discursos de todos en ”La Declaración de Lima”. La misma debía expresar el protagonismo de los niños, niñas y adolescentes. Esto nos colocó en una situación jamás antes vivida. Las experiencias previas, eran que “los asistentes” se pronuncian y luego agregan condescendientes, los comentarios que hubiesen hecho los niños. En esta oportunidad, todo indicaba que debía ser al revés.
La voz cantante era la de los niños, niñas y adolescentes (con el activismo de los NAT’s) debiéndose insertar como complementarias las propuestas de los adultos. Quienes repentinamente, ya no éramos la voz de “los asistentes” o de “las personas”. Si no por el contrario, hablábamos sólo en nombre de lo que éramos: adultos. Sentimos que esa, se convirtió en la oportunidad para declinar nuestra hegemonía y pasar a ser, tan sólo un grupo de interés o una minoría.
El Congreso de Lima, nos dejó esa lección, vivir empáticamente el estado de subordinación que habitualmente les toca vivir a los niños y niñas. Si bien les consagramos el derecho a expresarse, a ser escuchados y a manifestar, raramente viven la experiencia de ser protagonistas, ser sujetos plenos de derechos, reconocidamente capaces de agregar valor a la sociedad como un todo, desde su peculiar visión de la vida. Esta experiencia nos habla acerca del lugar en donde está nuestra cultura frente al efectivo rol en la construcción social que juegan los niños, niñas y adolescentes.
Valga aquí recordar la sabia expresión de Joan Miró: “Me ha tomado toda la vida, llegar a pintar como un niño”.
Ahora, próximos, el Día del Padre o el Día del Niño, celebremos todo aquello que nos ofrecen nuestros niños, niñas y adolescentes. Seamos por fin incluyentes, démosle un espacio relevante a la sorpresa, a las voces de quienes miran el mundo como creadoras y creadores, recién llegados a este planeta.
José Gregorio Fernández
Existe una pequeña pero gran diferencia entre procrear un hijo y asumir a plenitud su paternidad. Esa pequeña gran diferencia es una decisión: la de abrirnos a brindar nuestro amor y protección, la de tomar la decisión de prohijar o adoptar como nuestro a ese niño o a esa niña, con todos los beneficios y consecuencias que ello involucra.
La siguiente historia, real por demás, es un digno ejemplo de lo que decimos. Se trata de un padrastro que llegó buscando junto con su esposa, apoyo y orientación para realizar la adopción del hijo de su cónyuge. Ya que él, había asumido la crianza y ejercía con amor una paternidad de hecho, desde hace varios años.
En nuestra primera reunión, les dijimos que el camino más corto, sería poder contar con el consentimiento del progenitor del niño. Pues, se dio la oportunidad de que el señor, quien había dejado de ver a su hijo y sólo le había llamado en muy contadas ocasiones; se encontraba en Venezuela.
Tanto la madre, como el niño, le llamaron por teléfono. Ella, le planteó que tenía que asegurarle un futuro a su hijo. Y su hijo, le pidió directamente a su padre que quería que le diese el regalo de llevar el apellido de su papá el otro. Él se mostró receptivo a la idea de adopción.
Desde PROADOPCION se coordinó con la Oficina Estadal de Adopciones, de donde se encontraba el progenitor, para que lo citaran y asesorasen para obtener así su consentimiento legal, en pleno conocimiento de las consecuencias de declinar su paternidad para que su hijo sea adoptado.
Así ocurrió y éste progenitor - que no llegó a padre- decidió hacer quizás lo más importante que un hombre puede hacer por un hijo suyo, proporcionarle un padre. Más allá del ego, del sentido de propiedad, del mero reconocimiento de una falta; éste hombre decidió privilegiar el bien de su hijo.
En un acto de justicia, de amor, de respeto. Un acto de enmienda y hasta de desprendimiento, expresó: “...manifiesto abiertamente no tener objeción por esta adopción ya que perdí el contacto con mi hijo desde hace ocho años .porque ¿cómo voy a recuperar algo que ya he perdido? ...si la autoridad judicial me llamara para dar el consentimiento ratificaría ...y sostendría mi posición sobre el proceso de adopción a favor de mi hijo”
El niño, su progenitor y el padrastro -hoy papá adoptante- están haciendo su parte por una mejor vida en familia, por dignificar el rol de padre que nos merecemos.
José Gregorio Fernández
Desde una lógica de derechos
Soc. José Gregorio Fernández
jfernandez@proadopcion.org
El amor en agenda
José Gregorio Fernández
jfernandez@proadopcion.org
El más urgente derecho
Soc. José Gregorio Fernández
jfernandez@proadopcion.org
Estigma social: reducto de la desigualdad
No tenemos, ni tendremos en la sociedad venezolana, de forma extensa y convencional, una auténtica cultura de derechos humanos, mientras sigamos en el fondo de nuestras almas, siendo incapaces de igualarnos y ponernos, los unos a los otros, al mismísimo nivel de personas -o mejor dicho- de conciudadanos. Personas todas con dignidad, regidas por un marco jurídico de derechos y deberes. Miembros de un mismo colectivo, con una identidad, una historia y una mínima visión de futuro compartido.
Esto lo decimos, a propósito de las evidencias de discriminación que se constatan a diario en el específico ámbito de las adopciones de niños, niñas y adolescentes. Allí, se aprecia muy claramente -y a veces con mucha crudeza- que los niños y niñas que se encuentran privados de su familia, padecen además del evidente daño de la desvinculación familiar, el abandono de su familia de origen, o una cruel e indefinida institucionalización, un enorme estigma social que los disminuye a personas de cuarta categoría. Haciéndoles, cuando no invisibles, objetos de lástima, sujetos pasivos de caridad y estereotipo de unos seres victimizados e irremediablemente sufridos.
Estos niños, niñas y adolescentes son precisamente un evidente testimonio del desamor familiar, resultado de una profunda crisis social. Por tanto, en la conducta que toma hoy la sociedad ante ellos, podemos identificar con total exactitud, nuestra verdadera y auténtica capacidad de creer y de proceder, en apego a principios y valores tan básicos y primordiales para nuestro sistema socio-político de vida, como son: la Igualdad ante la Ley o El Niño como Sujeto Pleno de Derechos.
Mientras que en la persona del niño que sufre abandono, veamos meramente las consecuencias indeseables de una problemática social y no, la injusta violación de los derechos de un ciudadano, de un ser humano. Mientras no apreciemos el potencial reparador de la condición humana, mientras no valoremos el poder de la solidaridad y del amor, estos conciudadanos nuestros, serán apreciados como un problema y no como personas, vulnerables y vulneradas, a quienes debemos redimir, dignificar e igualar.
Por ello, en bien de nuestra cultura de derechos humanos, en efectivo apego a los principios que rigen supuestamente nuestra vida colectiva, estamos pidiendo e impulsando desde la sociedad, la garantía y pleno disfrute de: “Familia para Todos”
Soc. José Gregorio Fernández
Soñando despierto
“El corazón tiene razones que la razón no entiende”
Blaise Pascal
Para ir concibiendo en nuestras mentes un proyecto de adopción, viable y factible, debemos partir necesariamente de un principio de realidad. No podemos aspirar a tener como hijos e hijas, a niños y niñas, que no existen más allá de nuestro deseo.
De allí, lo fundamental de llegar a formularse reflexivamente la pregunta:
-¿Quiénes están aquí y ahora, requiriendo y esperando a que se les reestablezca el derecho a crecer y criarse con SU familia?
De acuerdo a nuestra experiencia como papá y especialista, observamos cómo iniciamos nuestra idea de adoptar un niño, habitualmente apegados a nuestra ignorancia y a nuestros miedos. Es decir, concebimos a ese hijo o hija, absolutamente en abstracto. Razón por la cual, ese desconocido objeto del deseo, debe pasar a tener algunas características que en definitiva, nos resguardarían de ciertos “riesgos”. Recordemos que prácticamente, sólo tememos a lo desconocido. De allí entonces que: debe ser menor de…; preferiblemente de sexo…; de tez…; con una salud….; con cabellos…; entre otros “pre-requisitos”.
La cosa se complica, cuando esa fantasía a la medida, emerge en el marco de la frustración por no poder procrear biológicamente o cuando se pretende sustituir una dolorosa pérdida. O también, cuando nuestro referente o modelo a seguir, no es precisamente una familia adoptiva constituida con transparencia y verdad, de manera absolutamente legal y con una experiencia exitosa por lo feliz.
Por ello, lo más recomendable es, a pesar de la desinformación, del miedo y de lo difícil que lo hace nuestra cultura de acogimiento y adopción, no perder de vista que somos seres afectivos. Personas capaces de amar a nuestros hijos -sean éstos biológicos o adoptados- siempre que asumimos responsablemente el compromiso de padres y, los incorporamos amorosamente en nuestras vidas, para toda la vida.
Es así como, estar abiertos a las “razones del corazón”, nos permite comprender que no se trata quizás del bebé o la bebé de mis fantasías, sino de un niño o una niña, que incluso podría ser ya capaz de expresar amor, deciéndonos: “Te quiero” u “Hola, papi”. Démonos el margen para vivir la experiencia de piel, sentir la química, o tener el feeling. Dar cabida al arte seductor de una sonrisa infantil, de un gesto cariñoso que “tumba la empalizada” de nuestro corazón.
Soc. José Gregorio Fernández
jfernandez@proadopcion.org
Feminidad: de la procreación a la maternidad
Cada embarazo sano es la promesa
de un niño por nacer, ¡pero esa condición, lamentablemente no siempre confirma
la existencia de una Madre!
Con gran valentía, hace un par de años un grupo de mujeres nos sentamos varias
veces, a compartir miedos, dudas y realidades del embarazo que llevaban en
curso.
Unas, llenas de ilusión declaraban su miedo ante la falta de recursos
económicos, sin que ello disminuyera el compromiso de amor con la criatura por
nacer.
Otras percibían su embarazo como una pesada consecuencia de la atracción natural entre parejas y con cansancio en los ojos, enumeraban el rosario de problemas que se les avecinaba.
A unas pocas, las más calladas,
les costó mucho sincerar que no deseaban las consecuencias de la creciente
barriga. Con rabioso dolor
expresaba una joven cuánto ansiaba despertar libre de tan indeseada carga.
Fue profundo y desgarrador escuchar los sentimientos encontrados que genera esta
responsabilidad intrínseca de nuestro género y cuán sola
puede estar la mujer que no lo ha entendido.
Tener la capacidad de procrear es un privilegio de la Mujer, ello acompañado de
la belleza y dulzura de su deliciosa feminidad. Pero ser
Madre es algo muy distinto, es la pasión por la entrega que requiere un
compromiso de amor mayor.
Necesitamos oírnos, sentir y
vibrar entre mujeres para entender y sincerar quienes somos. Estamos
bombardeadas de sexualidad, sin tener la instrucciones para el "Modo de empleo".
¡Qué terrible confusión, los
niños son las verdaderas víctimas y las mujeres las que sienten el padecer !
Un niño abandonado y sin hogar crecerá para repetir en el mejor de los casos,
ese patrón del abandono y muy posiblemente verterá su dolor
no canalizado en delincuencia y ausencia de todo valor.
Prometámosle al niño su derecho a crecer en sano amor y nosotras, seamos más
sinceras cuando disfrutemos de la belleza de ser Mujer,
considerando la gran diferencia entre procrear y ser Mamá !
Loly Sanabria
¡Los querré con todo mi corazón!
Luego de varios años de estar casados y no habiendo podido tener hijos, mi esposa y yo, en una trascendente cena propiciada para conocer la experiencia de una feliz pareja que había construido su realidad como familia a través de la adopción, tomamos de inmediato la decisión de adoptar, e iniciamos el proceso, la obtención de documentos, cumplimiento de los trámites y emprendimos así, la feliz espera, asumida tal cual como un embarazo.
Al poco tiempo, se dio en mí la inquietud sobre la decisión tomada y sin mucho análisis, me encontré frente a la tumba de mi padre, y aunque no suelo hablar con los muertos, pregunté, me pregunté por supuesto:
- ¿Papá, tu crees que yo podré querer a mis hijos, como tú me quisiste a mi?
De forma inmediata surgió la respuesta, mí respuesta claro.
- Si son mis hijos, ¡Cómo no los voy a querer!
Di media vuelta y siguió la feliz espera.
Desde ese momento no ha existido ninguna duda sobre la condición de mis hijos, de mi familia ni de mi paternidad. La adopción logró que esa realidad de tener hijos se diese de forma transparente y auténtica, desde las bases del amor.
Hoy, afirmo de manera absoluta y sin ningún tipo de dudas y puedo compartirlo junto a mi amada esposa y a mis hijos; Daniela, una preciosa señorita de 18 años que acaba de terminar su bachillerato y Claudio Jorge un chamo de 14 años cumplidos ya y en plena adolescencia que eso es así. La adopción logra crear el vínculo auténtico entre padres e hijos, sin ningún tipo de diferencia ni de condición, simplemente, por medio de felices “familias del corazón”
Claudio Biern
¡Con el amor no hay vuelta atrás!
Estando en una reunión donde conversábamos sobre temas de adopción, sucedió algo que deseo compartir:
- Con lo que has pasado, más de una vez te habrás arrepentido, no?- …dijo un amigo refiriéndose a la adopción de mis hijos.
Al poco rato, otro compañero decía:
- Ustedes dos … señalando a unos padres que no han tenido que enfrentar problemas con sus niños …- son demasiados optimistas por su propia realidad - … y volteándose hacia mi completó:
- Claro Loly, tú no por lo que te ha tocado vivir -… continuando con su lógica e inteligente opinión.
De momento no dije nada, posiblemente ese silencio pareció una aceptación del concepto que tenían mis amigos en mente, razón por la cual decidí ser ahora más sincera con ellos y conmigo misma.
Acepté gustosa escribir algunos artículos sobre la Adopción para este semanario e iniciaré el proyecto con una pequeña reflexión sobre este punto tan elemental.
¿Alguna vez me arrepentí de tener mis hijos? ¿A mi polémico hijo en particular?
Me divierte lo esencial de la mente cuando de inmediato se conecta con recuerdos de haber comido deliciosos chocolates que causándome indigestiones, no han logrado apartarme de tan exquisito manjar, o acordarme del malestar y dolor de cabeza que produce el aire tan puro en altas montañas, sin que ello disminuya el deseo de alcanzar nuevas cumbres … ¿Cuántas cosas maravillosas nos causan dolor sin disminuir para nada la estimación que ellas nos inspiran ?
La dicha, el amor, la entrega, la piel, el olor, la risa, el llanto, el compromiso, …!La vida que te regala un hijo es la suma de todos los placeres y emociones que persona alguna pueda igualar!
Aunque los problemas y dolores son duros mientras los padeces, es tan hermoso y profundo el amor que sientes por tu hijo, que dudo, alguien habiéndolo experimentado, pueda arrepentirse de ello jamás !
Loly Sanabria
Cultura son capacidades
Cuando los niños y niñas que se encuentran en en riesgo o en desamparo, independientemente de su edad, condición física, raza, o número de hermanos, no son institucionalizados a priori para protegerlos, si no que son entregados temporalmente a familias acogedoras sensibilizadas e idóneas, para brindarles amor, mientras se determina una solución permanente para ellos.
CAPACIDAD: De contar con familias dispuestas y preparadas para brindar soluciones integrales, centradas en familia, como el mejor lugar para un niño o una niña. De evitar la institucionalización injustificada.
Cuando aquellos niños y niñas a quienes se certifica plenamente que son adoptables, consiguen que oportunamente se les brinde, con transparencia y seguridad, el reestablecimiento del derecho a SU familia y se les devuelve así, 100% su status de hijo.
CAPACIDAD: Hacer socialmente visibles a los niños y niñas sin familia, como sujetos plenos de derechos a quienes con equidad, se les restablece ese derecho fundamental: SU familia.
Cuando la mujer que de pronto se encuentra en conflicto con un embarazo indeseado, puede declinar el ejercicio de su maternidad y optar por dar ese hijo en adopción, antes que, abandonarlo o incluso abortarlo.
CAPACIDAD: De ampliar a la mujer las alternativas para decidir frente a esa disyuntiva ancestral de un embarazo indeseado. Distinguir socialmente el hecho procrear, del rol de madres. Darle la posibilidad a la mujer de decidir, moralmente respetando la vida y derechos de ese otro ser, aún preservando su libertad de hacerse o no madre.
Cuando la mujer con problemas de fertilidad o no, contempla o puede considerar libremente la adopción como una vía legal, factible y hermosa para hacerse madre.
CAPACIDAD: De ofrecer a la mujer, la opción de ser madre, considerando aún por encima de su interés, el derecho de un niño preexistente a tener SU mamá. De vivir con dolor, pero sin trauma, la frustración de no poder ser biológicamente madre, por cuanto, junto con la reproducción asistida o agotada ésta, está la posibilidad de ser madre adoptiva.
Cuatro indicadores de cultura de adopción. De cómo ver a nuestros hijos como personas independientes y diferentes a nosotros y de cómo amar a personas independientes y diferentes a nosotros, haciéndolas nuestros hijos.
Soc. José Gregorio Fernández
Adoptemos más alternativas
“No son la carne y la sangre, sino el corazón, lo que nos hace padres e hijos”
Friedrich von Schiller
Son muchas las mujeres, adolescentes, jóvenes o adultas, que diariamente, entran en un conflicto con su embarazo. Son muchos los embarazos, no deseados, imprevistos y en ocasiones, impuestos por la violencia o dominio de un hombre o por la propia familia.
Ante estas circunstancias, la disyuntiva suele ser simplista: “o abortas o te calas tu muchacho” Para la Iglesia católica, así como para otras comunidades religiosas, se condena el aborto, como un crimen contra el don divino de la vida. Visión que usualmente, trae aparejado un desconocimiento que llega a veces a menospreciar el conflicto concreto de esa mujer, debido a que la “ley de Dios” no suele ser, ni ética ni moralmente discutible.
En cualquier caso se subestima el conflicto real que vive esa mujer, su inseguridad, sus miedos, su rabia, su vergüenza. Entonces, la Sociedad, la Familia, el Estado, la Iglesia, tienden todos cruelmente (partícipes de una misma cultura) a dejar sola a la mujer ante este conflicto vital (está en juego la vida) Difícilmente la acompañamos o nos involucramos. A no ser, para orientarla “solidariamente” hacia formas más seguras de abortar. Pero no vivimos empáticamente su conflicto. Es decir, la búsqueda de aquella alternativa o solución que pueda tomarse consciente, libre y responsablemente, que se tenga por justa, sana y que produzca el menos perjuicio posible a ella y a los demás.
Si la opción preferencial y más conveniente para esa mujer, es declinar el ejercicio de su maternidad y asumir en lo posible, responsablemente el destino de esa vida que crece segundo a segundo dentro de ella, lamentablemente en estos momentos, ella no cuenta en Venezuela con servicios de orientación y acompañamiento integral que hagan factible para ella, tomar ese curso de acción. Procrear, engendrar y gestar, en algunos casos, son actos que abiertamente no son aparejables con el acto de prohijar.
La adopción es una opción humana, prevista en la Ley. En la que, aún declinando el rol de madre, se privilegia y respeta la vida, así como el derecho de esa misma vida a ser considerada persona y a disfrutar del derecho primigenio de toda persona: a ser hijo/a de… y a contar con SU familia. Volviendo a la cita de Schiller, es terrible imponer la sangre y la carne, si no vamos a involucrar el corazón, para hacernos efectivamente, padres madres e hijos.
Soc. José Gregorio Fernández
jfernandez@proadopcion.org
Familia para Todos
El derecho primigenio de toda persona es a ser AMADA. El amor es la base fundamental sobre la que se construye toda sociedad. Es a partir del amor que nacemos todos y a partir del amor que crecemos en nuestras familias. Y es a partir de familias integradas, capaces de brindar apoyo, refugio y contención, que la sociedad se garantiza que crezcan en su seno, ciudadanos y ciudadanas integradas, equilibradas y felices. Personas amadas, capaces de amar y de construir, eslabón tras eslabón, esa cadena de cultura y civilización.
En materia de derechos humanos, recientemente se viene identificando al Derecho a la Familia (véase: artículo 75 de la Constitución, y 26 de la LOPNA) como un derecho social estratégico para construir cultura, ciudadanía y desarrollo. Un derecho exigible, para construir equidad, democracia y superar la exclusión. Porque resulta inconcebible, pretender garantizar a la ciudadanía, “todos” sus derechos fundamentales, si hoy no nos planteamos garantizar prioritariamente, a todos los niños, niñas y adolescentes, el derecho a crecer y criarse con SU familia.
Está demostrado que jamás tendrá las mismas oportunidades de crecimiento, desarrollo y felicidad, aquella persona que no cuente, oportuna y ciertamente, con la seguridad, el amor, la incondicionalidad, el sentido de pertenencia y permanencia de SU familia.
De allí que, abandonar a un niño o una niña, significa un terrible daño y una legítima alarma. No olvidemos que, la familia se distingue del Estado, de la Escuela o de la Sociedad, por ejercer una responsabilidad que nuestra legislación -por ejemplo- tipifica como “prioritaria, inmediata e indeclinable”
Aún, comprendiendo profundamente las causas que concurren para abandonar un niño o una niña, es intolerable el daño y agravio contra la condición humana y la sociedad. De allí, el reto para la Sociedad, la Familia y el Estado: garantizar el Derecho a la Familia, honrando con su oportuno restablecimiento, el carácter prioritario, inmediato e indeclinable, que corresponde a la familia, respecto al hijo o hija.
Soc. José Gregorio Fernández
Proyecto:
“FAMILIA PARA TODOS”
Caracas, Enero 2006
“¿Y su familia dónde está?”
Esta pregunta se la hacen probablemente muchas personas ante la presencia de un niño o niña institucionalizados o en situación de calle. Se la hacen, con asombro, desde su auténtica curiosidad o ignorancia y hasta con legítima ingenuidad.
Pero ésta misma pregunta se la dejan de hacer muchas personas. Usualmente las personas que no se hacen esta pregunta, se llaman a sí mismos “realistas”. Personas que se sienten capaces de aceptar y entender “lo crudo que es la vida” y probablemente, con su actitud, se colocan más cerca de la desesperanza (para muchas personas, tristemente, resulta algo natural, la desigualdad y la inequidad en nuestra sociedad)
Lo cierto es que, donde quiera que uno se encuentre, sea con sensibilidad, con capacidad de asombro, con conciencia o con desesperanza, o aún con un cínico realismo, la evidencia es la misma: allí mismo delante de Usted, está en este momento un niño, una niña, un adolescente sin familia. Es decir, una persona a quien le toca vivir socialmente el estigma de ser objeto del desamor, de padecer el desarraigo, de sufrir su no pertenencia. A quien le toca lidiar posiblemente de por vida, con su minusvalía social, su mermada autoestima, la que puede permitir el haber sido excluido del disfrute de SU propio entorno familiar. Sentirse tan poco en la vida que, es “natural” que NADIE TE VEA y termines sencillamente por SER INVISIBLE.
A partir de la necesidad de hacer visible a las personas invisibles, para asÍ comenzar al menos a ser concientes sobre cómo las excluimos y discriminamos, específicamente en su acceso y disfrute del derecho tan fundamental como es vivir y crecer con SU familia.
PROADOPCION con el apoyo de jóvenes scouts, llevó a cabo a principios del pasado año 2005 una investigación de carácter censal, en treinta (30) Entidades de Atención ubicadas dentro de del Distrito Metropolitano de Caracas (en los cinco municipios que la integran) Y al analizar el status socio-legal de todos los niños, niñas y adolescentes, declarado por esas mismas Entidades, se encontraron un total de 456 casos de niños, niñas y adolescentes a quienes, paradójicamente, a pesar de garantizarles, dentro del propio Sistema de Protección, derechos asociados a su subsistencia o educación, se les está vulnerando abiertamente el derecho humano más prioritario, más estratégico, el derecho a vivir con SU familia (se trata de los casos denominados tristemente denominados “de larga permanencia”, casos de “adoptables sin posibilidades ciertas de ser adoptados”, “adoptables sin adoptabilidad sustentada”, entre otros)
Sin fe, no existen los cambios,
Una de las múltiples causas que están incidiendo para que como sociedad les vulneremos los derechos a estos niños, niñas y adolescentes, es aún una vieja y generalizada creencia de que estos niños, niñas y adolescentes no tienen ya futuro, desde el punto de vista afectivo. Es muy común por ejemplo, oir decir a personas respetables e inteligentes y activamente involucradas con el Sistema de Protección, ante la realidad institucional de un niño mayor, un niño o niña con alguna discapacidad, o un grupo de hermanitos:
- “¿Pero quién va a querer adoptarlos?” o peor aún: -“¿Quién va a quererlos?
Como si se tratara de una mercancía en mal estado que se quedará fría en una vitrina.
Si nadie, óigase bien, si NADIE, jamás ha hecho, ni está dispuesto a hacer nada por restablecerle el derecho a estos niños, niñas y adolescentes a vivir con SU familia, seguramente, TODAS Y TODOS permaneceremos como hasta ahora, convencidos de que su destino será vivir sin familia, aún con otras necesidades básicas satisfechas, seguiremos teniendo ciudadanos de segunda con mala suerte y no, como se merece Venezuela, personas en pleno ejercicio de todos sus derechos y orgullosos de su ciudadanía.
Pero si, por el contrario, ALGUIEN (como Usted o como yo) decide apostar y creer en el amor, en la solidaridad entre los seres humanos e impulsa, promueve y encuentra familias amorosas para estos niños, niñas y adolescentes, tal y como ha sucedido en países hermanos como Chile, Perú, España, Brasil, o El Salvador, estaremos rompiendo con la desesperanza, con la discriminación, con la naturalización de la desigualdad, acabando con estas condenas irreversibles a la tristeza, a la minusvalía social, a la estigmatización.
Nuestros amigos de PROHIJAR de Buenos Aires, Argentina, lo dicen muy bien: -“No es que no existan familias para estos niños, es que aún no la hemos encontrado”
Entonces, ¿Cómo saber que no se puede si no lo hemos intentado jamás?
Ya lo dijo Bolívar con un alcance más allá del contexto bélico: “Quien no espera vencer ya está vencido”
Reflexionemos: ¿Para qué (...) queremos una sociedad, más justa, sin pobreza, sin miseria económica, si no somos capaces de rehabilitar el alma de un ser humano, para que se sienta amado y parte activa, capaz entusiasta de dar amor a sus hijos?
Una oportunidad para crecer en la solidaridad y el amor
Frente a la realidad de los niños, niñas y adolescentes, privados de su familia, en situación de calle o institucionalizados, los venezolanos y venezolanas tenemos el enorme reto y la mejor oportunidad hasta ahora, de intervenir solidariamente, personal y protagónicamente, para acabar de raíz con la inequidad e injusticia que esta realidad significa.
Tenemos una deuda, porque nos duele y nos avergüenza. Pero tenemos delante la posibilidad de innovar, de trascender las iniciativas meramente caritativas o asistencialistas y construir soluciones permanentes y estructurales. Precisamente fundadas en ese sistema de apoyo humano integral, primario, permanente y armónico como es la familia. Porque para reconocerle y darle su dignidad a estos niños, niñas y adolescentes, tenemos que dárnosla nosotros primero, abriendo nuestros corazones, atravesando el dolor, acabando con el estigma, con esas imágenes que acerca de ellos llevamos dentro de nosotros mismos y que los condenan a la soledad y al olvido.
Corresponsabilidad y participación protagónica, frente a la necesidad de acabar con el desamparo, significa estar con la mano extendida, con las puertas del corazón abiertas. Si otro mundo es posible, seguramente, por allí comienza, recibiendo al otro, creyendo que es posible hacerlo nuestro hijo o nuestra hija, a esa otra persona vulnerable y digna que espera por nosotros.
El Proyecto “Familia Para Todos”,
Con él nos proponemos promover, impulsar y cooperar de forma corresponsable y en estrecha alianza con familias, comunidades, autoridades competentes del Sistema de Protección y con la Misión Negra Hipólita del Minpades, entidades de atención y organizaciones sociales, para lograr en un lapso razonable que todas y todos los niños, niñas y adolescentes que se demuestre plenamente que se encuentran desvinculados de forma permanente de su medio familiar o privados de él, se les brinde la respuesta más inmediata y oportuna, en atención al derecho prioritario a vivir con SU familia (bien sea SU familia de origen o, en su defecto, SU la familia sustituta más adecuada a su Interés Superior)
El Proyecto “Familia para Todos” es una propuesta solidaria de trabajo y se plantea como metodología, la construcción colectiva, para atacar y resolver de raíz esta vergonzosa problemática de inequidad, esta notoria debilidad de nuestro Sistema de Protección. Para ello, PROADOPCION desde la sensiblidad de familias del corazón, de sociedad, de organización social, invita al encuentro y a la participación. Este proyecto se desarrollará a través de dos componentes fundamentales:
¿Cómo participar?
Manifestando personalmente (personas naturales organizaciones o personas jurídicas) de viva voz o por escrito, su interés y deseo a PROADOPCION Asociación Civil (organización facilitadora de este proyecto) y asistiendo responsablemente a las reuniones de trabajo que especialmente para coordinar el trabajo se convocarán. Involucrándose para construir juntos, la mejor estrategia resolutiva para restituirle el Derecho a la Familia de todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentran con este derecho vulnerado, dentro del Sistema de Protección dentro del Distrito Metropolitano de Caracas (por ahora, nos enfocaremos en esta población)
PROADOPCION,A.C.
Dirección: Páez a Junín, No. 139
San Agustín Norte, Caracas
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PERMITIR LA VIDA ES UNA OPCION CONSAGRADA EN LA LEY
LA ADOPCION EN
VENEZUELA
NORMATIVA VIGENTE
La
Constitución del 99, en su Titulo III, capitulo V; regula los Derechos Sociales
y de las familias.
Art.
75-.El
Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y como
el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. Las
relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes, la
solidaridad, el esfuerzo común, la compresión mutua y el respeto recíproco
entre sus integrantes. El Estado garantizará protección a la madre, al padre o
a quienes ejerzan la jefatura de la familia.
Los
niños y niñas y adolescentes tien
Comentario:
Aparte de la enunciación de los principios básicos que fundamentan la familia,
este artículo establece que la adopción tiene efectos
similares a la filiación, cosa que ya está establecida en el Código
Civil. La frase-la adopción internacional es subsidiaria de la nacional- que
aparece al final del artículo, creemos debe entenderse como si hay dos personas
con el mismo derecho que quieren adoptar al mismo niño, se dará preferencia a
la venezolana sobre la extranjera. También se establece la protección de la
familia por el Estado por considerar que es la célula fundamental de la
sociedad. En estos tiempos de disgregación familiar, es reconfortante que se
reconozca expresamente en la constitución la superioridad de la familia para el
desarrollo del individuo. Esta superioridad radica en el cariño y en los
valores morales que en la familia y solo en la familia puede impartir al niño y
que son la base indispensable para su formación emocional y la educación
escolar posterior.
En
cuanto a la regulación sobre la adopción en las leyes vigentes tenemos al Código
Civil, que norma la adopción en los artículos 246 al 260 ambos inclusive, pero
debemos tomar en cuenta la nueva LEY
ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLECENTE (LOPNA).
NUEVA
LEGISLACIÓN VIGENTE EN MATERIA DE FAMILIA.
En
estos últimos años Venezuela asiste a una intensa movilización, tanto de los
poderes públicos, como la sociedad civil, en torno a un cambio legislativo que
implica la derogación de la Ley Tutelar de Menores, vigente desde 1980, y su
sustitución por otra radicalmente diferente.
Esto
tiene origen el 20 de noviembre de 1989, cuando la Asamblea de la Naciones
Unidas aprueba, por unanimidad. La Convención Internacional Sobre los Derechos
del Niño, que representa un hito importantísimo en las concepciones
doctrinarias, en las construcciones jurídicas y en las estrategias fácticas
relacionadas con la niñez. En todos estos aspectos hay un antes y un después
de la Convención, la cual, ciertamente, tendrá una gran incidencia en la
calidad de vida de los niños en todo el mundo, en lo adelante.
En
resumen:
Se abandonó el concepto del niño como sujeto tutelado, para adoptar el
concepto del niño como sujeto de derechos, entendiéndose por tal la habilitación
para demandar, actuar y proponer...
Venezuela
ratifica la Convención y la hace Ley de la República el 28/8/90 (GO No.
34.541) y a partir de ese momento, asume con los niños y adolescentes del país
el compromiso de brindarles protección integral, la cual se refiere a dos
aspectos: Protección Social y Protección jurídica y esta última implica
legislar para hacer exigibles los derechos consagrados en la Convención,
mediante la creación de instancias administrativas y judiciales que intervengan
en caso de que estos derechos sean amenazados o violados.
Se
presenta aquí un cambio de paradigma a partir del momento en que Venezuela
ratifica la Convención, se vive en el país una realidad jurídica anómala, la
vigencia simultanea de dos leyes, la Ley Tutelar de Menores y la Convención,
totalmente antagónicas entre sí y regulando el mismo tema.
Con
los términos, Doctrina de protección Integral se hace referencia a un conjunto
de instrumentos jurídicos internacionales que constituyen su marco referencial.
Este nuevo derecho debe respetar una serie de principios rectores que
constituyen sus pilares fundamentales: El niño como sujeto de derechos, el
interés superior del niño, la prioridad absoluta; la participación y el rol
fundamental de la familia en la garantía de los derechos del niño y
adolescente.
La
Convención desde su preámbulo y en varios de sus artículos se refiere al
papel fundamental que debe desempeñar la familia en la garantía de los
derechos del niño. En efecto, el preámbulo dice expresamente que el niño,
para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno
de la familia en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.
Este
principio obliga al Estado a evitar medidas que separen al niño de su familia,
entendida en su sentido más amplio. . ante cualquier circunstancia, se debe
tomar en cuenta, primero la familia, luego los parientes más cercanos y solo en
casos excepcionales se aplicarán medidas, como la colocación en hogares
sustitutos o en adopción y, en último caso, su colocación en entidades de
atención.
LA
LOPNA EN:
EL
TITULO IV
CAPITULO
III
Esta
Ley trata de la familia sustituta, la cual surge cuando los niños y
adolescentes son privados temporalmente o en forma permanente de su medio
familiar, ya sea por la ausencia total de padres, o porque estos son afectados
en la titularidad o ejercicio de la patria potestad o de la guarda sobre sus
hijos. Como modalidades jurídicas sustitutivas del medio familiar
se mencionan la colocación familiar o en entidades de atención, la
tutela o la adopción.
La
familia sustituta debe ser entendida como aquella que, no siendo la familia
natural del niño o el adolescente, lo acoge para que forme parte de la misma,
con la finalidad de suministrarle protección, afecto, y educación. La familia
sustituta puede estar conformada por una o más personas.
Para
entender la importancia de la colocación familiar, debe tenerse presente que
una de las figuras jurídicas que responde mejor a la doctrina de la situación
irregular es la tutela del Estado, pues la misma ha sido concebida para proveer
de tutor a todos aquellos niños y adolescentes que son declarados en estado de
abandono.
Cuando
un niño o adolescente pierde a sus padres, pero dispone de recursos económicos,
la institución de representación que surge es la tutela ordinaria de menores;
la cual permite colocar la persona del niño o del adolescente y sus bienes,
bajo el cuidado y protección de un tutor, un pro tutor, un suplente de pro
tutor y un consejo de tutela integrado por
cuatro personas. Sin embargo, cuando el niño o el adolescente carece de
estos recursos; no dispone de todas estas personas que estén dispuestas a
cuidarlos y protegerlos y surge entonces, el Estado como tutor, conforme lo prevé
el Código Civil en sus artículos 318 al 322 ambos inclusive. No obstante, el
Estado no está concebido para tutelar uno o varios niños en particular, ya que
su obligación es tutelar los derechos de todos los niños en general. Los niños
y adolescentes requieren, para ser debidamente cuidados y protegidos, de un
representante civil y no de un ente abstracto, que no tiene rostro ni
sentimientos y está ausente en los momentos más importantes de la vida de los
niños y adolescentes. Estos responsables civiles pueden ser los padres, tutores
y guardadores, por lo que la tutela del Estado debe consistir en garantizar que
exista uno de estos responsables para cada niño o adolescente que lo requiera y
a instrumentar y promover los programas que permitan la capacitación,
mejoramiento y atención a todas estas personas.
Por
todas estas razones y como repuestas a la doctrina de la protección integral,
se eliminó en el proyecto la institución de la tutela del Estado, así como la
figura de la declaratoria del Estado de abandono. Para sustituirlas se propone
acudir a otras figuras más acordes con el nuevo paradigma, tales como la
colocación familiar y la adopción, pues la tutela ordinaria de menores resulta
difícil de lograr para quienes carecen de recursos económicos y hasta tanto no
se modifique la regulación contenida el código Civil. En cuanto a la eliminación
de la declaratoria del estado de abandono, se propone sustituirla por la privación
y la extensión de la patria potestad, para posibilitar así la decisión del
Juez acerca de la medida de protección que más convenga en el caso particular.
En
cuanto a la colocación familiar podría también presentar algunas dificultades
para la pronta y efectiva atención de algunos niños y adolescentes, se propone
como ultima alternativa, la colocación de los niños en entidades de atención.
En estos casos, la guarda y representación de estos niños y adolescentes estaría
confiada a los responsables de tales entidades u otras personas que trabajan en
las mismas: Pero solo el funcionamiento de toda la estructura prevista en la ley
hará posible la sustitución exitosa de la tutela del Estado y de la
declaratoria del estado de abandono.
Se
desarrolla en la ley en la sección tercera
del capitulo III. Para su regulación se mantuvo muchas de las normas de la Ley
de Adopción, se modificaron algunas y se crearon otras. Entre las principales
modificaciones podemos mencionar: la eliminación de la adopción simple, por
cuanto la misma había quedado reducida en la ley de adopción a permitir una
adopción sin ruptura de nexos entre el adoptado y su familia de origen y sin
constitución de vínculos entre adoptantes y el adoptado, lo cual se produce
cuando la adopción plena no es posible. Asimismo se eliminó el requisito de
los tres años de casados que se exige a los cónyuges que desean adoptar, por
cuanto este requisito ha estado vinculado en nuestra legislación sobre adopción
a dar oportunidad de tener una decencia propia. Sin embargo,, una vez que se
eliminó la prohibición de adoptar para quienes tenían descendientes, tal
requisito ya no se justifica y tampoco justificaría si se pretende que el mismo
sea un indicativo de la estabilidad de la respectiva unión matrimonial, pues en
tal caso, resultaría insuficiente.
Otra
modificación se produjo a la duración del periodo de prueba, el cual se elevo
a seis meses como mínimo. Se preveía además, la obligación de que se
produzca durante ese lapso, no menos de dos evaluaciones acerca de los
resultados de dicha convivencia. Estas evaluaciones pueden ser realizadas por la
respectivas oficina de adopciones o por el equipo Multidiciplinario del
Tribunal.
Entre
las nuevas previsiones que se incorporaron en materia de adopción están
referidas a supeditar la validez del consentimiento de la madre a que el niño
haya nacido; exigir asesoramiento a todas aquellas personas cuyo consentimiento
es necesario en una adopción, así como suministrar a estas personas acerca de
los efectos que tendrá dicha adopción; prohibir la obtención de beneficios
económicos o de cualquier otra clase. Para consentir en la adopción; exigir
elaboración del correspondiente informe sobre el candidato a adopción, con
miras a determinar su adoptabilidad, comprendiéndose, en dicho informe a la
familia y evolución personal y medica del, posible adoptado; así como elaborar
el informe necesario que permita determinar la aptitud
para adoptar de los solicitantes de la adopción; salvaguardar la
confidencialidad del contenido de toda la información que conforme un
expediente de adopción y hacer posible que el adoptado o su representante
accedan a esta información, si su interés lo hace aconsejable.
Otro
aspecto novedoso de la regulación en esta materia está constituido por las
normas sobre adopción internacional previstas en la sección 4ta. En tal
sentido se estimo necesario dar una definición de lo que debe entenderse por
adopción internacional para lo cual se
utilizo el concepto de residencia habitual de las partes, debiendo estar
en países distintos con independencia de su
nacionalidad. Se tuvo en cuenta que Venezuela
puede ser tanto país de residencia habitual de los niños o adolescentes
a ser adoptados, como de los solicitantes de la adopción.
Una
previsión muy importante constituye la exigencia de tratados o convenios
internacionales para que pueda realizarse una
adopción internacional. La razón de tal exigencia esta en la necesidad de
proteger adecuadamente a los niños o adolescentes que son dados en adopción a
personas que residen en otros países, sin garantía alguna acerca de la
información que suministran dichas personas para solicitar la adopción, ni
tampoco de seguimiento que debe realizarse durante el periodo
de prueba o de la que pueda pasar con el candidato a adopción, si los
solicitantes desisten de la adopción después que el niño o el adolescente ya
se encuentran en otro país.
Los tres últimos capítulos del titulo IV están dedicados a los aspectos procesales y comprenden respectivamente, un procedimiento contencioso en asuntos de familia y patrimoniales,