Desarrollar proyectos dirigidos a cooperar en la transformación de la
organización, normativa, procedimientos, valores y costumbres en materia de
adopción, con la finalidad fundamental de garantizar el ejercicio pleno
de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en el contexto de
familias felizmente constituidas.
Es una institución de la sociedad civil venezolana, que ha acumulado logros
importantes en materia de adopción. Goza de un legítimo prestigio como ONG
articuladora de importantes esfuerzos privados, públicos, gubernamentales y
no gubernamentales a favor de cambios fundamentales en algunas imágenes y
patrones colectivos de conducta. Y su experiencia en materia de adopción, es
una enriquecedora referencia tanto en territorio venezolano, como a nivel de
nuestro continente y del mundo.
1. El primer y principal interés de
PROADOPCION es y será la prioridad absoluta, el interés superior y la
protección integral de las niñas, de los niños y de los adolescentes.
2. Suscribimos, estimulamos y colaboramos con
toda forma de apoyo personal, familiar, comunitario e institucional que,
movido por el interés superior del niño o la niña, se produzca en forma
oportuna, con el deseo de que el niño o la niña pueda vivir, disfrutar y
nutrirse de su familia (de origen o sustituta) especialmente durante las
etapas más críticas y de mayor vulnerabilidad en la evolución de una
persona (infancia y adolescencia)
3. El amor antecede y promueve cualquier lazo,
nexo o vínculo entre las personas. En adopción, el amor es primero. Así
como entendemos y aceptamos que las relaciones familiares fundadas en la genética
y la unión carnal humana, convencionalmente obligan al afecto. Los lazos
originados en una decisión conciente y un proceso legal y socialmente
establecido como es la institución de la adopción, también los fomentan y
garantizan entre padres e hijos adoptivos.
4. Promovemos una cultura de adopción fundada
y orientada a la protección integral y definitiva a los niños niñas y
adolescentes en condiciones legalmente reconocidas de ser acogidos o
adoptados. En donde se valore la familia, la vida humana, la vida familiar y
la comunidad. Se evite y prevenga el abandono, se promueva la solidaridad, el
altruismo, el acogimiento familiar y la adopción, como formas complementarias
que permiten garantizarle a todo ser humano, nacido o venido a esta tierra,
contar con el amor y cuidados de SU familia.
5. Valoramos y apreciamos la institución
social de la adopción, como una institución que promueve los sentimientos
altruistas de la persona en tanto propicia y promueve una oportunidad de
realizar un acto de amor incondicional hacia otro ser humano, independiente y
distinto a nosotros, a quien hacemos parte nuestra, con quien constituimos y/o
fortalecemos nuestra familia y, a quien damos y debemos dar lo mejor de
nosotros mismos, desde nuestro particular vínculo como familia adoptiva, como
madres, padres, hermanos, hermanas, abuelos y abuelas, tíos, tías, primos y
primas.
6. Promovemos la adopción como una institución
social históricamente probada, consagrada en la Ley, y siempre que sea
realizada por los medios y formas establecidos legítima y legalmente, en
apego a las leyes internacionales, los acuerdos suscritos entre las naciones y
la legislación nacional vigente.
7. Impulsamos y defendemos la adopción como
un proceso, humano, jurídico y administrativo. El cual debe ser
necesariamente: pertinente, oportuno, transparente, expedito y gratuito.
8. Creemos, y contribuimos con nuestro trabajo
al fortalecimiento de la familia como la asociación natural de la sociedad y
como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas.
Creemos que las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y
deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la compresión mutua y el respeto
recíproco entre sus integrantes.
9. Trabajamos a favor de la desmitificación
de la adopción, del combate a los tabúes que encierra, a favor del abordaje
abierto, sincero y desprejuiciado de la misma.
10. Contribuimos y coadyuvamos para que se
asuma la responsabilidad, materna, paterna y familiar en general y su
fortalecimiento en la sociedad como deberes irrenunciables de las personas
hacia su propia familia y en especial hacia los niños niñas y adolescentes
pertenecientes a ella. Para Proadopción, la familia es responsable de forma
prioritaria, inmediata e indeclinable, de asegurar que todos sus niños niñas
y adolescentes disfruten plena y efectivamente de sus derechos y garantías.
11. Para Proadopción, el adoptar es una
decisión respetable, que prácticamente en cualquier circunstancia, produce
temores, dudas, inquietudes pero, sobre todo es una decisión con la cual se
atraviesan todas esas inquietudes, dudas y temores, se asumen riesgos y muy
especialmente se asumen responsabilidades de forma conciente para con otro ser
humano, ajeno, distinto y diferente, en muchos casos, desconocido.
12. Rechazamos cualquier forma social, política
ideológica, administrativa, mediante la cual se pretenda desconocer,
minimizar, subestimar y desmerecer la adopción como institución, mucho menos
cuando se hace contraponiendo, la prioridad u opción preferencial por medidas
de protección. a la institución social de la adopción
13. Promovemos con decisión y firmeza que las
adopciones legales recuperen su legítimo espacio en la sociedad venezolana y
para que se reduzcan los casos de entregas directas de niños niñas y
adolescentes ocurridos al margen de la Ley y que dan lugar a sospechas,
desconfianza, inseguridad jurídica, propician el delito de tráfico y la
indiferencia o tolerancia hacia el mismo ya que se favorece el comercio con niños
niñas y adolescentes, evaden o imposibilitan aspectos fundamentales como el
manejo sincero y transparente de la historia personal, el derecho a
conocer sus orígenes y a sus padres y a ser criado por ellos, el derecho a
una adecuada asesoría a las personas y familias copartícipes de estos
procesos, entiéndase madres, padres biológicos, familias de origen y padres
y madres receptores o familias receptoras de los niños niñas y adolescentes.
14. Favorecemos y recomendamos la inserción
del niño niña o adolescente en una familia sustituta o adoptante, cuando se
verifique objetiva y materialmente que la permanencia en su familia de origen
es contraria a su interés superior y el riesgo al que se le expone el niño
la niña, o adolescente permaneciendo en ella, pueda involucrar, además de la
persistente vulneración de sus derechos, un daño irreversible o de
consecuencias negativas para su vida, para la comunidad y para la sociedad en
general.
15. Favorecemos y aceptamos la inserción de
niños y niñas en entidades de atención, única y exclusivamente con carácter
provisional y transitorio, hasta tanto se resuelve -de forma expedita y dentro
de lapsos razonables- la situación que está afectando negativamente el vínculo
entre el niño niña y adolescente y su familia de origen o, se coloque
familiarmente al niño niña o adolescente en una familia sustituta
provisionalmente o con miras a su adopción plena. La institucionalización sólo
excepcionalmente la consideramos una medida de protección semi-permanente, en
aquellos casos que materialmente no se les haya podido ni reinsertar ni
colocar, ni adoptar, nacional ni internacionalmente.
16. Proadopción está de acuerdo en agotar
todos los pasos para alcanzar una sana y feliz reinserción familiar, siempre
y cuando, a favor del éxito de dicho proceso se brinde el adecuado soporte
social, económico, técnico y humano a la familia de origen a la que se
intenta reinsertar el niño o la niña, y se brinden también todas las garantías
a favor del interés superior del niño o la niña, de que no se repitan o
reproduzcan las causasque provocaron la separación del niño o niña de su
familia de origen u otras que causas que igualmente podrían ameritar una
medida desvinculación del medio familiar.
17. Promovemos la institución de la adopción,
con visión realista y auténtico sentido altruista. Cuidamos y procuramos que
la adopción, no se asocie ni en la práctica social, ni ideológicamente
con la reproducción y persistencia de problemas y condiciones sociales
preexistentes a ella, tales como abandono, irresponsabilidad familiar, evasión
social y estatal de la integración y fortalecimiento familiar, entre otros.
18. Proadopción promueve que, en casos de niños
niñas y adolescentes adoptables en Venezuela que, por cualquier
circunstancia, con necesidades especiales o no, se les haya dificultado y/o se
les haya postergado perjudicialmente su colocación familiar y/o su adopción,
emprender proactivamente campañas dirigidas a la busca internacional y
selectiva de familias adecuadas idóneas para asumir el disfrute pleno y
efectivo de sus derechos y garantías
19. Promovemos y facilitamos el derecho de los
niños, niñas y adolescentes adoptados a conocer a sus padres, su identidad,
su historia personal y familiar, así como el acceso a su legado
cultural, étnico e histórico.
20. Rechazamos toda forma de acogimiento
familiar, colocación familiar o modalidad adoptiva, en donde el rompimiento o
extinción el vínculo entre el niño la niña o el adolescente y su
progenitora, su familia biológica o familia de origen, pueda ser vulnerado,
argumentando meramente las condiciones socioeconómicas precarias o de pobreza
en las que vive el núcleo familiar o la familia extendida, sin que medien
otras consideraciones que garanticen su supervivencia y plenos derechos en ese
contexto socioeconómico.
21. Rechazamos cualquier entrega de niños y
niñas desvinculados de su medio familiar a miembros de su familia de origen
y/o familias extendidas, en las que no medien formalmente o no se argumenten
otras consideraciones que la mera consanguineidad (o al menos no consten válidamente,
otras razones o argumentos) Sin ningún tipo de evaluación o sin procurar o
garantizar algún tipo de seguimiento, o en circunstancias en donde se pueda
estar forzando un vínculo filial que, si bien existe biológicamente, no
tiene porqué operar a favor del interés superior o del bienestar integral
del niño, la niña o adolescente.
22. Estamos en contra de la ausencia de
responsabilidades, de sanciones, de apoyos y de lapsos límites frente a
la vulneración regular y recurrente de los derechos de los niños niñas y
adolescentes, lo cual hace que, la familia de origen se transforme en un valor
per se. Capaz de anular o de suspender indefinidamente y sin consecuencias,
todos los derechos humanos de una persona.
23. Rechazamos cualquier forma de pago, de
lucro, remuneración, emolumento u obsequio proveniente u originado a raíz de
un proceso de adopción o motivado por el interés de alguna persona en
adoptar a un niño, una niña o un adolescente..
24. Rechazamos abiertamente cualquier forma de
tráfico de niños niñas y adolescentes por cualquiera sean las razones o
motivos por los que se las pretenda justificar. Entendemos como una realidad
insoslayable y sumamente preocupante que en territorio venezolano se continuen
con la licencia de toda la sociedad venezolana, produciendo entregas de niños
y niñas no controladas por la Ley, mientras se entraban o retrasan los
procesos legales.0.
25. Proadopción es una Asociación
Civil sin ninguna afiliación político- partidista, ni comprometida
confesionalmente con algún credo o secta religiosa.
26. Rechazamos la discriminación y exclusión
social en cualquiera de sus manifestaciones, en especial aquella de la que son
o pueden ser objeto niños niñas y adolescentes desvinculados de su medio
familiar, por su edad, sexo, origen étnico, características raciales, número
de hermanos, entre otras. En tal sentido trabajamos porque dichas tendencias
en los procesos de adopción sean moderadas por la racionalidad, por la
igualdad de oportunidades y por el abordaje conciente y sincero de los valores
y costumbre que perjudican a otras personas.
27. Rechazamos cualquier discriminación
social, comunitaria, familiar y personal que pueda suscitarse contra
cualquiera de las personas que participan de un proceso de adopción, léase:
la persona adoptada, la persona adoptante o la familia adoptiva.